¿Es posible un derecho emancipatorio?
Los vaivenes entre la crítica del derecho y el derecho crítico (Constitucionalismo Crítico)
DOI:
https://doi.org/10.20983/anuariodcispp.2025.04Palabras clave:
Constitucionalismo Crítico, Crítica Jurídica, Emancipación, Ideología jurídica, Óscar CorreasResumen
En el artículo se examina críticamente la posibilidad de un derecho emancipatorio, a partir del diálogo entre dos corrientes latinoamericanas: la Crítica Jurídica y el Constitucionalismo Crítico. El planteamiento del problema se centra en determinar si el derecho, entendido como discurso del poder, puede convertirse en un instrumento de transformación social o si, por el contrario, sus límites estructurales lo reducen a un mecanismo de dominación. El objetivo del estudio consiste en comparar ambas corrientes para evaluar sus alcances teóricos y sus posibilidades prácticas en la construcción de un derecho liberador. Metodológicamente, la autora desarrolla un análisis sociosemiológico inspirado en la crítica de la economía política y en la teoría pura del derecho, especialmente desde la lectura marxista-kelseniana propuesta por Óscar Correas. Esta aproximación permite examinar el derecho como apariencia de las relaciones sociales, atendiendo a sus dimensiones deóntica e ideológica, así como a los discursos hegemónicos que encubren la violencia y los actos de dominación que subyacen a la normatividad. Complementariamente, se emplea una revisión teórica de procesos constituyentes latinoamericanos (Ecuador, Bolivia, Venezuela), para identificar los rasgos del constitucionalismo crítico. Los resultados muestran que, mientras el constitucionalismo crítico mantiene una visión optimista sobre la capacidad del derecho para impulsar igualdad material, participación popular y protección ambiental, la crítica jurídica marxista advierte que el derecho, al ser una tecnología del poder, reproduce las relaciones de dominación si no se comprende su carácter ideológico y su función en la administración de la violencia social. Se evidencia que muchos discursos “críticos” permanecen atrapados en fetichismos jurídicos al carecer de una teoría del derecho y de la sociedad. La autora concluye que un derecho emancipatorio solo es concebible si se acompaña de una crítica rigurosa que desnaturalice sus bases ideológicas y revele los intereses que sostiene. Sin ello, cualquier intento liberador corre el riesgo de legitimar el orden jurídico existente. El debate permanece abierto.
Citas
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