Sobre la revista
Enfoque y alcance
La REIJ es una revista electrónica, de publicación continua, indexada, semestral, arbitrada doble ciego por pares académicos nacionales e internacionales externos, de acceso abierto, de carácter científico-académico editada por la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez. El objetivo primordial de la revista es la difusión de los resultados de investigación de las distintas disciplinas del conocimiento relativas a las Ciencias Jurídicas tanto nacionales como internacionales, por lo que privilegia la publicación de manuscritos de autores externos a la UACJ. La REIJ acepta artículos de investigación, artículos de revisión, reseñas de libros, comentarios jurisprudenciales y estudios legislativos en la materia que sean originales e inéditos. La revista tiene un Código de Ética basado en COPE, por lo que para evitar el plagio utiliza la herramienta de software Turnitin. El público meta son investigadores, estudiantes de pregrado, posgrado, profesionales en el área de las Ciencias Jurídicas y el público en general interesado.La REIJ utiliza la licencia Atribución-No Comercial-Compartir Igual 4.0 Internacional- CC-BY-NC-SA 4.0 ISSN: 2448-8739
Proceso de evaluación por pares
PROCESO DE EVALUACIÓN POR PARES
Una vez recibido el trabajo se verifica que cumpla con las normas de editoriales y que su temática se encuentra dentro del ámbito manejado por la revista. También se revisa la originalidad del manuscrito através de la herramienta antiplagio Turnitin. Hecho lo anterior, se notificará formalmente por correo electrónico el registro e inicio del proceso de dictamen del artículo.
Los trabajos serán sometidos a un proceso de dictamen por pares académicos bajo la modalidad de doble ciego, por integrantes de la cartera de árbitros de la revista, la cual está compuesta por reconocidos académicos de instituciones nacionales e internacionales. Por lo anterior se solicita, no incorporar información en el artículo que lleve a la identificación de los autores(as).
Todos los trabajos serán sometidos a arbitraje por dos revisores y sólo en caso de no existir acuerdo entre los revisores se recurrirá a un tercer árbitro, cuya decisión será definitiva.
El dictamen puede tener uno de los siguientes resultados:
a) Recomendar su publicación sin modificaciones
b) Recomendar su publicación con cambios menores y que no hacen necesaria una segunda revisión por parte de los revisores.
c) Se condiciona su publicación a la realización de cambios importantes, se obliga a una nueva revisión por parte de los revisores.
d) No se recomienda su publicación.
El tiempo para que el documento sea turnado a dictamen está en función del número de artículos en la lista de espera. Los árbitros, una vez recibido el artículo, tendrán cuatro semanas para realizar la revisión y entregar el resultado.
Para ser publicado un trabajo, deberá contar con la recomendación de dos árbitros.
Los resultados de los dictámenes son inapelables.
A continuación se comparte el formulario de revisión que utilizan los árbitros de la revista:
Política de acceso abierto
La Revista Especializada en Investigación Jurídica (REIJ) no cobra cuotas por envío, procesamiento o publicación de artículos. La revista tiene como intención primordial el acceso abierto del conocimiento, sin ninguna clase de restricción, por lo es el contenido es libre, inmediato y gratuito. Aunado a lo anterior, la REIJ no retribuye económicamente a los autores o árbitros por sus contribuciones en la revista.
Cada autor(a) es el titular de los derechos de explotación de todo el contenido de sus artículos, por lo que podrá efectuar el deposito de su obra versión pre-print (versión sin evaluar) y post-print (versión editorial), al envío, a la aceptación del trabajo o en el momento de publicación, por iniciativa propia, en repositorios institucionales, colectivos o temáticos, servidores pre-print, la página web personal del autor, etc., sin ningún tipo de embargo.
La licencia bajo la cual publica la revista es: Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0) através de la cual se puede:
Compartir, copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato, adaptar, remezclar, transformar y construir a partir del material para cualquier propósito, siempre y cuando no sea comercial y se cite al autor(es) original y a la fuente, proporcione la liga a la licencia de Creative Commons e indique claramente si se hicieron cambios a la obra y especificque cuales fueron dichos cambios.
Código de Etica y Guía de Buenas Prácticas
CODIGO DE ÉTICA Y POLÍTICAS DE PLAGIO
La REIJ fundamenta su Código de Ética y Politica de Plagio en el Comittee on Publication Ethics -COPE-quien desde 1997 asesora a editores, revisores y autores sobre aspectos éticos en las publicaciones y en particular sobre cómo manejar los casos de investigación y mala conducta en la publicación científica, los cuales la REIJ sigue a cabalidad.
Para más información ver: https://publicationethics.org
Así mismo a fin de garantízar la orginalidad de los manuscritos publicados y evitar el plagio, la REIJ utiliza la herramienta de software Turnitin en todos los documentos que se envían a la revista para ser sometidos al proceso editorial de la misma.
Para más información ver:http://www.turnitin.com
GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS DE LA REIJ
Las disposiciones de esta guía constituyen un conjunto de responsabilidades que tienen como destinatarios a todas aquellas personas que se encuentran involucradas en el proceso de recepción, dictamen, edición, corrección y publicación de todos los trabajos que sean divulgados por la Revista Especializada en Investigación Jurídica, así como aquellas que escriben, elaboran o participan en los trabajos que publica el Centro de Investigaciones Jurídicas de la UACJ.
CAPITULO I
DEL AUTOR
ARTICULO 1. Son obligación del autor:
a) Garantizar que sus manuscritos son producto de su trabajo original y que los datos han sido obtenidos de manera ética.
b) Evitar cualquier conflicto de interés en la publicación de datos y resultados (relaciones financieras, institucionales, de colaboración o de otro tipo entre evaluadores y autores).
c) Dar los créditos correspondientes a todas las personas o instituciones que hayan colaborado en los proyectos de investigación en los que se sustente el trabajo.
d) Respetar la propiedad intelectual, señalando y referenciando claramente cualquier fragmento que sea tomado de la obra de otro autor o autores, en la construcción de su trabajo. Si no se hace así, se considerará como plagio y el trabajo será descartado para publicación.
e) Evitar cualquier alusión directa o indicio sobre su identidad dentro del cuerpo del texto. El proceso de arbitraje de la revista es “a doble ciego”, lo que implica que ni los autores, ni los pares conocerán entre sí sus identidades.
f) Garantizar que sus trabajos no han sido previamente publicados o que no estén siendo considerados en otra publicación.
g) Citar aquellas publicaciones que son antecedentes esenciales para comprender el trabajo.
h) Aceptar en su integridad las normas, criterios y procedimientos editoriales de la Revista.
i) Asegurar que todos los coautores se incluyan en el artículo, y que todos han visto y aprobado la versión final del documento y han acordado su presentación para su publicación. Todos aquellos que han hecho contribuciones significativas deben aparecer como coautores.
j) Aceptar someter sus textos a los procesos establecidos, y su mayor colaboración para lograr su culminación exitosa.
CAPITULO II
DEL EDITOR
ARTICULO 2. Son obligaciones del Editor:
a) Responsabilizarse por todo lo publicado en la Revista Especializada en Investigación Jurídica. Deberá esforzarse por satisfacer las necesidades de los lectores y autores; por mejorar constantemente la revista; por asegurar la calidad del material que publica; por impulsar los estándares académicos y científicos. Por otra parte, el editor deberá estar dispuesto a publicar correcciones, aclaraciones, retractaciones y disculpas cuando sea necesario.
b) Decidir sobre la aceptación o rechazo de un trabajo para su publicación, basado únicamente en la importancia del artículo, la originalidad, la claridad y la pertinencia que el trabajo represente para la revista.
c) Comprometerse a garantizar la confidencialidad del proceso de evaluación, no podrá revelar a los revisores la identidad de los autores. Tampoco podrá revelar la identidad de los revisores en ningún momento.
d) Responsabilizarse de decidir qué artículos pueden ser aceptados a la Revista.
e) Asumir la responsabilidad de informar debidamente al autor la fase del proceso editorial en que se encuentra el texto enviado, así como de las resoluciones del dictamen.
f) Evaluar los manuscritos y su contenido intelectual sin distinción de raza, género, orientación sexual, creencias religiosas, origen étnico, nacionalidad, o la filosofía política de los autores.
g) Delegar la responsabilidad y autoridad editorial a alguno de los miembros de los consejos editoriales cuando él sea autor o coautor de un manuscrito que se somete a consideración de la revista.
h) No divulgar información alguna sobre un manuscrito enviado a cualquier persona que no sea el autor correspondiente, revisores potenciales u otros asesores editoriales
i) Todos los materiales inéditos dados a conocer en un manuscrito enviado no se utilizarán en investigaciones personales de un editor, sin el consentimiento expreso y por escrito del autor. La información privilegiada o las ideas obtenidas a través de la revisión por pares serán confidenciales y no se utilizarán para obtener ventajas personales. Los editores deben tomar decisiones justas e imparciales y garantizar un proceso de revisión por pares justa y apropiada.
CAPITULO III
DEL EQUIPO EDITORIAL
ARTICULO 3. Son obligaciones del Equipo Editorial:
a) Cuidar la reputación de la revista al publicar únicamente material inédito, académica y científicamente relevante y de calidad.
b) Publicar cada número de acuerdo a su periodicidad.
c) Hacer una valoración de los trabajos recibidos antes de ser enviados a la evaluación de los pares en la que se verifique el ajuste de los mismos a las normas editoriales definidos por la revista.
d) Aceptar o rechazar los trabajos recibidos basándose únicamente en los dictámenes anónimos recibidos por los pares (si éstos no coinciden en su veredicto, el Editor de la revista deberán tomar una decisión final).
e) Conservar en todo momento una confidencialidad recíproca en relación tanto con los autores como con los evaluadores.
f) Brindar información clara y oportuna a los autores desde el momento de recepción de sus trabajos hasta cuando se haya tomado una decisión.
g) Llevar a cabo un proceso de edición y publicación transparente e imparcial, con entero respeto a los autores y sus trabajos.
h) Estar disponibles tanto para los autores como para los evaluadores con el fin de aclarar las dudas que surjan durante los procesos de evaluación y de edición.
i) Establecer la sanción que corresponda a una falta de probidad por parte del autor toda vez que el plagio en todas sus formas constituye una conducta no ética y es inaceptable. Las posibles sanciones no excluyentes son I) que el Comité Editorial someta el asunto al Consejo Técnico del Instituto; II) el escrito en cuestión no será publicado bajo el sello editorial, en ningún libro y en ninguna revista del Centro de Investigaciones Jurídicas; III) serán notificadas de esta falta todas las revistas del Instituto; IV) el autor no podrá publicar en ninguna edición del Centro durante un año; V) si el autor incurre en otra falta, no podrá volver a presentar trabajos para publicación. En el caso de los autores, éstos deberán revelar cualquier conflicto de carácter financiero u otro interés que pudiera influir en los resultados o la interpretación de su manuscrito.
CAPITULO IV
DE LOS EVALUADORES
Artículo 5. Son obligaciones de los evaluadores:
a) Evaluar los manuscritos de manera objetiva, justa y profesional. Los revisores deben evitar perjuicios personales en sus comentarios y evaluaciones, y deben expresar sus opiniones claramente con argumentos de apoyo. Los revisores deben proporcionar revisiones fundamentadas y justas. Estos deben evitar ataques personales, y no incluir ningún opinión que sea difamatoria, inexacta, engañoso, obsceno, escandaloso, ilegal o de cualquier otra forma objetable, o que infrinja los derechos de autor de cualquier otra persona, derecho de privacidad, u otros derechos.
b) Mantener la confidencialidad de los manuscritos que reciban. Los evaluadores no deben discutir del manuscrito con ninguna persona que no sea el editor, ni deben discutir ningún tipo información del manuscrito sin permiso.
c) Verificar que los autores hayan señalado todas las fuentes de datos utilizadas en la investigación. Cualquier tipo de similitud o coincidencia entre los manuscritos considerados con cualquier otro documento publicado de los cuales los revisores tiene conocimiento personal debe ser inmediatamente comunicada al editor.
d) Comunicar al editor a la brevedad posible al editor, en el caso de que el evaluador perciba que no es posible para él/ella completar la revisión del manuscrito en el plazo estipulado, de manera tal que el manuscrito pueda ser enviado a otro revisor.
e) Negarse a revisar los manuscritos: a) cuando el autor ha formulado observaciones escritas sobre el manuscrito o sobre su versión anterior; b) cuando aparecen conflictos de interés que resulten de relaciones de colaboración, financieras, institucionales, personales o conexiones de otro tipo con cualquiera de las empresas, instituciones o personas ligadas a los artículos.
Convocatoria vigente para publicar
La Revista Especializada en Investigación Jurídica es semestral y de publicación continua, por lo que la convocatoria está permanentemente abierta. Las normas editoriales de la revista se pueden consultar en esta plataforma en el apartado: "Instrucciones para autores"