Código de Ética
I. Declaración de principios
La Revista Especializada en Investigación Jurídica (REIJ) es una publicación científica de acceso abierto comprometida con la integridad académica, la honestidad intelectual, la transparencia, la responsabilidad científica, la independencia editorial y el respeto a los derechos humanos.
La REIJ promueve la generación, difusión y preservación del conocimiento jurídico mediante procesos editoriales rigurosos, imparciales y transparentes, orientados por los principios de calidad científica, pluralidad académica y libertad de investigación.
Este Código de Ética establece los principios y responsabilidades que deben observar autores, revisores, integrantes del Comité Editorial, editores invitados y demás participantes del proceso editorial.
II. Principios rectores
Todas las actuaciones relacionadas con la revista deberán regirse por los siguientes principios:
a) Integridad académica.
b) Honestidad intelectual.
c) Transparencia.
d) Imparcialidad.
e) Independencia editorial.
f) Confidencialidad.
g) Responsabilidad científica.
h) Respeto a la diversidad de enfoques teóricos y metodológicos.
i) Respeto a los derechos humanos.
j) Rendición de cuentas.
III. Responsabilidades de las personas autoras
Las personas autoras deberán:
a) Presentar trabajos originales, inéditos y resultado de una investigación genuina.
b) Garantizar que los datos, argumentos, interpretaciones y conclusiones sean exactos y verificables.
c) Reconocer adecuadamente las fuentes utilizadas mediante citas y referencias completas.
d) Informar cualquier financiamiento, patrocinio o conflicto de interés que pudiera influir en la investigación.
e) Obtener las autorizaciones necesarias para el uso de materiales protegidos por derechos de autor.
f) Colaborar con la revista en caso de requerirse aclaraciones, correcciones o información complementaria.
g) Notificar inmediatamente a la revista cuando detecten errores significativos en un manuscrito sometido o publicado.
h) Cumplir con la Política de Uso de Inteligencia Artificial de la REIJ cuando hayan empleado herramientas de IA durante la elaboración del manuscrito.
IV. Conductas contrarias a la ética académica
La REIJ considera contrarias a la ética editorial las siguientes conductas:
a) Plagio.
b) Autoplagio no declarado.
c) Fabricación o falsificación de datos.
d) Manipulación de información empírica o documental.
e) Uso indebido de referencias bibliográficas.
f) Citación ficticia o engañosa.
g) Fragmentación artificial de resultados de investigación.
h) Suplantación de autoría.
i) Omisión deliberada de personas que realizaron contribuciones sustanciales.
j) Inclusión de autores sin participación real en la investigación.
k) Manipulación de procesos editoriales o de arbitraje.
l) Ocultamiento deliberado del uso de herramientas de inteligencia artificial cuando exista obligación de declararlo.
V. Autoría y contribución intelectual
La condición de autor corresponderá únicamente a quienes hayan realizado contribuciones intelectuales sustanciales en la concepción, diseño, desarrollo, análisis o redacción del trabajo.
La utilización de herramientas de inteligencia artificial no genera derechos de autoría ni coautoría.
Ningún sistema de inteligencia artificial podrá figurar como autor, coautor o responsable de correspondencia de un manuscrito.
VI. Responsabilidades de las personas revisoras
Las personas revisoras deberán:
a) Realizar evaluaciones objetivas, fundamentadas y respetuosas.
b) Mantener la confidencialidad de toda la información contenida en los manuscritos.
c) Abstenerse de utilizar información obtenida mediante el arbitraje para beneficio personal o de terceros.
d) Informar oportunamente cualquier conflicto de interés.
e) Comunicar a la revista posibles casos de plagio, duplicación de publicaciones o faltas éticas detectadas durante la revisión.
f) Cumplir con la Política de Uso de Inteligencia Artificial de la REIJ respecto a la utilización de herramientas tecnológicas durante el arbitraje.
g) Abstenerse de introducir manuscritos completos o fragmentos sustanciales en plataformas de inteligencia artificial generativa.
VII. Responsabilidades del Comité Editorial
El Comité Editorial deberá:
a) Garantizar la calidad académica de la publicación.
b) Preservar la independencia editorial.
c) Resolver controversias éticas de manera objetiva e imparcial.
d) Proteger la confidencialidad de los procesos editoriales.
e) Promover la mejora continua de las políticas editoriales.
f) Aplicar criterios uniformes durante la evaluación de los manuscritos.
g) Vigilar el cumplimiento de la Política de Uso de Inteligencia Artificial de la revista.
VIII. Responsabilidades de los Editores Responsables
Los Editores Responsables deberán:
a) Coordinar el proceso editorial.
b) Garantizar la aplicación de este Código de Ética.
c) Designar revisores competentes e independientes.
d) Tomar decisiones editoriales fundadas exclusivamente en criterios académicos.
e) Evitar cualquier discriminación basada en nacionalidad, género, edad, ideología, orientación política, religión o afiliación institucional.
f) Gestionar adecuadamente los conflictos de interés que puedan surgir durante el proceso editorial.
IX. Conflictos de interés
Todas las personas participantes en el proceso editorial deberán revelar cualquier situación que pueda afectar su independencia, imparcialidad o capacidad de juicio.
La existencia de un conflicto de interés no implica necesariamente la exclusión del proceso editorial; sin embargo, deberá ser evaluada por la Editora en Jefe o por el Comité Editorial.
X. Uso ético de la inteligencia artificial
La REIJ reconoce que las herramientas de inteligencia artificial pueden constituir instrumentos legítimos de apoyo a la investigación académica.
Su utilización deberá ajustarse a la Política de Uso de Inteligencia Artificial de la Revista Especializada en Investigación Jurídica.
Toda utilización de inteligencia artificial deberá observar los principios de transparencia, supervisión humana, responsabilidad académica, verificabilidad de resultados y respeto a la propiedad intelectual.
La omisión deliberada de la declaración de uso de inteligencia artificial o la utilización de herramientas de IA para generar información falsa, referencias inexistentes o contenidos engañosos constituirá una infracción ética.
XI. Correcciones, retractaciones y expresiones de preocupación
Cuando se detecten errores relevantes o posibles infracciones éticas, la revista podrá:
a) Solicitar aclaraciones a las personas involucradas.
b) Publicar correcciones.
c) Emitir expresiones editoriales de preocupación.
d) Retraer artículos publicados.
e) Adoptar cualquier otra medida necesaria para proteger la integridad del registro científico.
Las decisiones se tomarán respetando el debido proceso editorial y el derecho de audiencia de las personas involucradas.
XII. Denuncias sobre conducta ética
Cualquier persona podrá comunicar posibles incumplimientos éticos a la revista mediante los canales institucionales correspondientes.
Las denuncias serán analizadas de forma confidencial, imparcial y objetiva por la Editora en Jefe y, cuando corresponda, por el Comité Editorial.
XIII. Resolución de controversias éticas
Las controversias éticas que surjan durante el proceso editorial serán resueltas conforme a este Código, a las políticas editoriales de la REIJ y a las recomendaciones internacionales en materia de ética de la publicación científica.
El Comité Editorial podrá solicitar información adicional, documentación de respaldo o la intervención de especialistas externos cuando la complejidad del caso lo requiera.
XIV. Disposición final
La presentación, evaluación, arbitraje y publicación de trabajos en la Revista Especializada en Investigación Jurídica implica la aceptación de este Código de Ética, de las Normas Editoriales y de la Política de Uso de Inteligencia Artificial de la revista.
Toda persona que participe en el proceso editorial deberá conducirse conforme a los principios de integridad académica, responsabilidad científica y respeto a las buenas prácticas editoriales que inspiran a la REIJ.










